El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal. (Artículo 9 del Código Municipal). Es un órgano en el cual todos sus integrantes tienen la misma calidad y el mismo poder de decisión.

Dada su categoría le corresponden las características siguientes:

  • Autónomos, debido a que se rigen mediante normas y órganos de gobierno electos por la población del municipio; la misma les otorga a través del voto democrático la gestión del municipio.
  • Deliberante, ya que a través de votación en las sesiones ordinarias y extraordinarias realizan acuerdos que trascienden a la vida de la colectividad, es decir, de los habitantes del municipio.
  • Decisoria, en virtud que deciden o resuelven respecto a situaciones que afectan al municipio.

El Concejo Municipal es responsable de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el alcalde, los síndicos, así como por los concejales, electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia.

El Concejo Municipal emitirá su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de personal y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración.

Del número de habitantes del municipio, depende el número de síndicos y concejales, conforme la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Corresponde con exclusividad al Concejo Municipal:

  • El ejercicio del Gobierno del Municipio
  • Velar por la integridad de su patrimonio
  • Garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos conforme a la disponibilidad de recursos.

Dentro de la Administración Municipal, son puestos de nivel jerárquico, superior al Alcalde Municipal; que por tener a su cargo el ejercicio de funciones de dirección, administración y de decisión, corresponde a la categoría de autoridades, electos popularmente.

El Concejo Municipal es un cuerpo colegiado y como tal está integrado por personas que tienen la misma jerarquía o categoría por cuanto en el seno del Concejo, tiene el mismo poder el alcalde, los síndicos y concejales, para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo.